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El juez archiva la pata de blanqueo del caso 3% que afectaba a 12 exdirigentes y altos cargos de CDC

Considera que «no consta indicio alguno que acredite un mecanismo de afloramiento de dinero negro» del partido

La Audiencia Nacional senta en el banquillo al PDECat y los exgerentes

Los exconsellers Felip Puig e Irene Rigau, cuyas donaciones también fueron investigadas Ines baucells
Isabel Vega

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El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, ha acordado el sobreseimiento provisional de la pieza del caso 3% por la que se investigaba a una docena de ex altos cargos de la extinta Convergència Democratica de Cataluña bajo sospecha de haber estado financiando ilegalmente a la formación inyectando sumas de dinero en lo que se presumía, podía ser un delito de blanqueo. Para el instructor, no consta «indicio alguno que acredite un mecanismo de afloramiento de dinero negro».

El auto, fechado este jueves, repasa las diligencias practicadas desde que el 21 de abril de 2020 se abrió esta pieza separada a instancias de un informe de Anticorrupción que pedía la imputación, entre otros, de cuatro exconsejeros de la Generalitat bajo gobiernos de Artur Mas y Jordi Pujol: Felip Puig, Jordi Jané, Irene Rigau y Pere Macias.

Estaban bajo sospecha de realizar «donaciones en metálico verificadas por personas próximas a CDC de fondos que pudieran constituir actos de afloramiento de dinero procedente de delito, con la finalidad de financiar ilícitamente al partido». La tesis de la Fiscalía es que ellos recibían dinero que la formación habría obtenido previamente de origen cuestionable y luego lo ingresaban en las cuentas como si fuesen donaciones, introduciendo así esos fondos en el circuito económico legal.

Sin embargo, el juez concluye que después de estos años no se ha acreditado la sospecha, ni de las declaraciones de los investigados ni de la documental recabada. Cita un informe de la Guardia Civil de finales de abril que analizaba la operativa de ingresos en efectivo y apunta que «del mismo no se sigue elemento alguno que avale los hechos imputados, dado que se limita a realizar un resumen de la información que habían facilitado las diferentes entidades bancarias sin aportar ningún dato ni alcanzar conclusión alguna que ampare la prosecución de las presentes actuaciones».

«Los investigados declararon que las donaciones efectuadas respondían a aportaciones extraordinarias que les fueron solicitadas por CDC en su condición de militantes y, en particular, en atención al cargo público o de responsabilidad institucional que ostentaban algunos de ellos. Ello obedecería a que el partido necesitaba su ayuda como consecuencia de los problemas de tesorería que les decían que atravesaba CDC en aquellos años. La explicación dada, con lo actuado, no ha quedado desvirtuada», concluye el instructor.

«Un error por duplicidad de fuentes»

Por un lado, considera que «no puede afirmarse que las donaciones realizadas tuvieran por objetivo la introducción en el tráfico económico de cantidades provenientes de un hecho ilícito antecedente». «No hay base para afirmar que el origen los fondos fuera proveniente de la trama del caso Palau, pues no existe diligencia alguna que lo acredite. Es más, como señala alguna de las defensas, las donaciones efectuadas al partido CDC serían transparentes, tratándose de información que ya obraba desde hacía años en la contabilidad aportada al Tribunal de Cuentas», subraya.

«De otro lado -añade el auto- tampoco la coincidencia en el tiempo entre las donaciones realizadas por los distintos investigados y los supuestos ingresos en sus cuentas serviría como indicio». Explica que «se ha venido analizando información contable por duplicado»: la base de datos intervenida en la sede de CDC por la Guardia Civil (basada en el Libro Diario) y por otro lado la contabilidad de CDC (basada en el libro Mayor), en las que la misma donación aparecía en fechas ligeramente distintas. «Esta duplicidad de fuentes contables provocaría confusión. Se trataría de un error debido a la duplicidad de fuentes contables», concluye.

Decreta así el sobreseimiento provisional de esta rama separada del caso 3% porque «no consta indicio alguno que acredite un mecanismo de afloramiento de dinero negro que era aparentemente entregado con carácter previo a la realización de las donaciones por parte de los investigados al partido político CDC, como tampoco que el dinero que se hubiera podido entregar a los militantes tuviera un origen ilícito e incluso que de serlo que los investigados tuvieran conocimiento de que el dinero entregado tuviera un pretendido origen en un hecho delictivo antecedente».

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