Funcionarios locales avisan de que las ayudas en el IBI y el IAE a los afectados por la DANA abrirán un agujero a los ayuntamientos
Advierten de que si el Gobierno demora como sucedió en La Palma la transferencia de recursos generará un grave problema de caja a los consistorios de la zona
Las corporaciones locales de la Comunidad Valenciana son las más dependientes del IBI, que supone cerca del 60% de sus ingresos fiscales
El Gobierno promete a los afectados por la DANA 10.600 millones en avales, ayudas y exenciones fiscales
«Es relativamente fácil idear una medida, lo complicado es ejecutarla de una forma rápida, ágil y eficaz«. La advertencia viene de la Asociación Nacional de Inspectores de Hacienda Pública Local, que ha querido alertar este miércoles sobre el grave problema de tesorería que ... se le puede generar a los ayuntamientos de los municipios más afectados por la DANA si la exención del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y la reducción sobre el del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) aprobada este martes por el Consejo de Ministros y sancionada este mismo miércoles por el BOE no va acompañada de una compensación rápida a las haciendas locales.
Los inspectores de Hacienda Local han recordado que estos impuestos, y particularmente el IBI, constituyen el principal sostén financiero de las arcas de los ayuntamientos de toda España y que la inmensa mayoría de los calendarios fiscales locales prevén el ingreso del IBI a lo largo del mes de noviembre. «Si los ayuntamientos de la zona afectada dejan de recibir esos ingresos por la exención decretada por el Gobierno y, por tanto, se quedan sin esos recursos, y desde el Estado no se les compensa de manera inmediata, les va a abrir un agujero de tesorería que les puede dificultar de forma muy seria atender las muchas necesidades que se tendrán que cubrir en una situación así. Debería ser compensados este mismo mes», advierten desde la asociación.
La magnitud del problema puede ser singularmente grave, ya que según los datos oficiales del Ministerio de Hacienda los municipios de la Comunidad Valenciana son los más dependientes de los ingresos por el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), hasta el punto de que cerca de un 60% de sus ingresos fiscales vienen de esa figura.
Sobre el papel y según lo que dispone el real decreto de ayudas publicado este miércoles en el BOE, el Gobierno ha dispuesto la exención total de las cuotas del IBI de bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales correspondiente al ejercicio de 2024 para todos los edificios que hayan resultado dañados por la DANA, y la reducción de la cuota del IAE para todos los negocios que hayan tenido que suspender su actividad como consecuencia de la riada, durante todo el periodo en que no puedan reanudarla en condiciones de normalidad, pudiendo en ambos casos los afectados solicitar la devolución de las cuotas pagadas si se hubieran abonado con anterioridad. También se dispone que «la disminución de ingresos en tributos locales que las exenciones y reducciones previstas en los apartados anteriores produzcan en los ayuntamientos, diputaciones provinciales, consejos insulares, y comunidades autónomas será compensada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado".
Compensaciones tardías
¿Cuál es el problema? El periodo que transcurre entre la aplicación de la exención por parte de los ayuntamientos y el cobro de la compensación comprometida por el Estado. Lo normal es que las corporaciones locales aplicaran esta exención sobre el pago de noviembre, pero no existe certeza sobre cuándo el Estado les va a ingresar las compensaciones por ese deterioro de caja, ya que en el BOE nada se dispone sobre ningún procedimiento de urgencia. Un problema especialmente grave cuando, como es el caso, tienes que orientar todos los recursos municipales disponibles a la atención de la emergencia humana, social y económica provocada por la riada.
Los precedentes no son nada alentadores. En el caso de la erupción del volcán de La Palma, que el Gobierno enfrentó con un paquete fiscal muy similar al aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de este martes, el Ministerio de Hacienda diseñó un procedimiento bastante enrevesado para la recuperación de las exenciones por parte de las corporaciones municipales que dilató durante meses esas compensaciones.
Las entidades locales debían presentar un escrito de solicitud de compensación ante la Dirección General de Estabilidad Presupuestaria y Gestión Financiera Territorial, en el no solo debía constar de forma explícita el importe a compensar, sino que debía ir firmado por el alcalde y acompañarse de toda una serie de documentos: el decreto municipal de reconocimiento del beneficio fiscal firmado por el secretario municipal, la relación de recibos y liquidaciones objeto de beneficio fiscal, un informe del secretario o interventor que verifique la existencia del supuesto objeto de compensación, certificado de bajo de contabilidad por el no cobro del tributo y una serie de documentos más que hacen imposible el cobro de la compensación en un periodo que no se cuente por meses.
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