jornada ceoe-labormatters
Empresas y abogados advierten del aumento de la inseguridad jurídica tras la cascada de reformas laborales del Gobierno
Los centros de trabajo multiplican las consultas a despachos y asesorías ante el aluvión de cambios legales en torno a las relaciones laborales
Control horario, registro salarial, planes de igualdad, mecanismo RED y los cambios sobre el mapa de contrataciones, entre la prolija producción legislativa de los últimos cuatro años
La reforma laboral de Yolanda Díaz no puso límites a la jornada con pluriempleo

Los efectos de la reforma laboral están demostrando un impacto sustancial sobre el mapa de las contrataciones en España. Pero no solo esta norma, una de las de mayor calado aprobadas por el actual Gobierno en funciones, ha calado y capilarizado sobre la vida ... diaria de las empresas y empleados de nuestro país. Desde la conformación del Ejecutivo de coalición encabezado por Pedro Sánchez, la cascada de medidas laborales ha sido incesante, empezando por las modificaciones sobre los ERTE y las medidas destinadas a ampliar la protección de trabajadores y autónomos. A las que se han sumado otras como la obligación del registro salarial en las empresas, la incorporación de planes de igualdad, el registro horario, las modificaciones sobre permisos de maternidad y paternidad o, en última instancia, el marco regulador del mecanismo RED aprobado a escasos días de la celebración de las elecciones generales del pasado 23J.
Todo este pliego de medidas, en muchas ocasiones con periodos de adaptación exiguos para los responsables de recursos humanos de los centros de trabajo y para los propios sujetos afectados está redundando en un incremento de la inseguridad jurídica en torno a las relaciones laborales, tal y como advierten desde la principal patronal empresarial española, CEOE, y desde los despachos de abogados laboralistas.
«En estos últimos cuatro años hemos abordado reformas de calado en el contexto de diálogo social. Prácticamente, los agentes sociales nos hemos convertido en legisladores», explicaba la directora de Empleo, Diversidad y Protección Social de CEOE, Rosa Santos, durante su intervención en la jornada sobre 'Retos laborales del nuevo curso académico' impulsada por CEOE y el despacho Labormatters.
«Se ha producido un aumento de la inseguridad jurídica», explicaba la representante empresarial, aduciendo las prisas que han acompañado a muchas de las normas, mientas que otras ni siquiera han sido abordadas en el diálogo social. «El marco jurídico es confuso y difuso», señalaba Rosa Santos lamentando el aumento del intervencionismo por parte de la Administración anotando además que la actual sobrerregulación está generando un marco normativo disfuncional.
Todo ello, también aderezado por un caldo de cultivo de incremento «claro» de costes laborales, sin ir más lejos a causa del aumento de cotizaciones sociales acunado en la reforma de pensiones con un importante alza de cuotas -a pagar por empresas y trabajadores- en la reforma de pensiones, especialmente sobre los salarios por encima de la base máxima. «Necesitamos un marco jurídico seguro, flexible y adaptativo que proteja la productividad de las empresas y la empleabilidad de las personas trabajadoras», concluía la directora de Empleo de CEOE.
La última 'jugada' legislativa
«Tanta producción normativa es imposible de digerir para las compañías«, afirmó el abogado laboralista y socio director de Labormatters Abogados, Alfredo Aspra, durante la jornada recordando que del último decreto aprobado por el Ejecutivo no se informó a empresarios y sindicatos, en el que se impone la obligación de comunicar con seis meses de anticipación medidas de cese de actividad o reestructuración. «Es un antes y un después en plano técnico jurídico», advera el experto.
Concretamente, la medida se incluyó, por la puerta de atrás, el Real Decreto 608/2023 aprobado el 11 de julio. Desde ese momento, las empresas deben avisar con seis meses de antelación a la autoridad laboral y a los sindicatos si planean cerrar definitivamente un centro de trabajo, siempre y cuando suponga el despido de 50 trabajadores o más.
La medida, concretamente, modifica el Real Decreto 1483/2012, el reglamento en vigor que regula los despidos colectivos y la suspensión de contratos, por el cual se deberá notificar el cierre a la autoridad laboral competente por razón del territorio y al Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través de la Dirección General de Trabajo.
Estas notificaciones se efectuarán a través de los medios electrónicos a los que se refiere la disposición adicional segunda, y deberán ser realizadas, como se ha mencionado, con una antelación mínima de seis meses a la comunicación. Y en el caso en que no sea posible observar esa antelación mínima, deberá realizarse la notificación tan pronto como lo fuese y justificando las razones por las que no se pudo respetar el plazo establecido.
MÁS INFORMACIÓN
- El 46% de los contratos de trabajo destruidos cada mes son fijos
- Menos contrataciones y salarios más altos: la estrategia de las empresas ante la escasez de mano de obra
- Los sindicatos marcan el paso al próximo Gobierno: jornada de 35 horas, elevar el coste del despido y un SMI de 1.200 euros al mes
«Dichas empresas remitirán copia de la notificación a la que se refiere el apartado anterior a las organizaciones sindicales más representativas y a las representativas del sector al que pertenezca la empresa, tanto a nivel estatal como de la comunidad autónoma donde se ubiquen el centro o centros de trabajo que se pretenden cerrar», aborda el texto legal.
«Estamos en un momento de incertidumbre. El marco regulatorio no ayuda a generar, atraer o retener empleo en España», señala Aspra advirtiendo del coste que puede tener en términos de competitividad del tejido productivo español pidiendo mesura en la proliferación normativa para no «pasarnos de frenada para que el efecto sea no deseable».
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete