La Audiencia de Vizcaya aplica la amnistía a cuatro condenados por desórdenes en protestas en Bilbao por el 'procés'
Agredieron a agentes de la Ertzaintza, cortaron el tráfico y volcaron contenedores en una manifestación tras la sentencia del Tribunal Supremo en octubre de 2019
Llarena confirma que no se puede amnistiar la malversación de Puigdemont

La Audiencia Provincial de Vizcaya ha aplicado la ley de amnistía a cuatro de los detenidos durante las protestas que tuvieron lugar en Bilbao el 18 de octubre de 2019 en Bilbao tras la sentencia del Tribunal Supremo por el `procés' catalán. Fueron condenados por agresiones, concretamente a agentes de la Ertzaintza, y desórdenes. Volcaron contenedores y bloquearon el tráfico de la capital vizcaína.
Según explica el auto al que ha tenido acceso ABC, tres días después de que se hiciera pública la condena del Alto Tribunal a los líderes independentistas y al mismo tiempo que Barcelona vivía jornadas de caos, 600 personas cortaban el tráfico para la entrada y salida de Bilbao. La manifestación, no autorizada, había estado convocada por redes sociales bajo lemas como #TsunamiDemocrátic.
Varias unidades de antidisturbios de la Ertzaintza acudieron entonces al lugar para dispersar la concentración, momento en que uno de los acusados comenzó a dar manotazos con ambas manos, a escupir y llamar «hijos de puta» a los agentes, y a mover las piernas y manos violentamente golpeando a uno de ellos. Éste tuvo que ser atendido por contusiones.
Otros dos de los condenados, que se encontraban sentados en primera fila, insultaron y opusieron resistencia al desalojo iniciado por los efectivos de la policía autonómica causándoles, igualmente, lesiones por las que tuvieron que ser atendidos. Tras esto, los congregados abandonaron la zona, pero dejando tras de sí una estela de contenedores volcados por lo que fue detenido el cuarto protagonista.
Condenas y aplicación de la amnistía
Es por estos hechos, que el mismo tribunal ahora deja extinguidos en aplicación de la ley de amnistía pactada por Pedro Sánchez con el independentismo catalán, por lo que fueron condenados en abril de este mismo año a multas y una pena de seis meses de prisión. Los delitos: resistencia y desórdenes.
Y es que, tal y como explica el auto, la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña establece un paraguas que protege no solo la organización y celebración de la consulta de 2015 y el referéndum de 2017 —ambos declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional—. También otros posibles ilícitos que «guardan una profunda conexión con los mismos», como pueden ser [...] «las diferentes acciones de protesta para permitir su celebración o mostrar oposición al procesamiento o condena de sus responsables».
Específicamente, el artículo 1 de esta norma, que supone el perdón legal a los encausados por el 'procés', es en el que se incluyen los ilícitos penales ahora extinguidos. El apartado 1.d) de dicho punto se refiere a «los actos de desobediencia, cualquiera que sea su naturaleza, desórdenes públicos, atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, resistencia u otros actos contra el orden y la paz pública que hubieran sido ejecutados con el propósito de mostrar apoyo a los objetivos y fines descritos en las letras precedentes o a los encausados o condenados por la ejecución de cualesquiera de los delitos comprendidos en dicho artículo».
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete