La aplicación de la amnistía a la infantería del 'procés' se dilata
La Audiencia de Barcelona estima el recurso de los imputados por el gasto exterior del 1-0 para unificar la causa
Ley de amnistía: cuándo entra en vigor, próximos pasos y a quién afecta

La aplicación de la ley de amnistía deberá esperar para la llamada «infantería del ‘procés’», la treintena de altos cargos de la administración catalana imputados por su colaboración en la preparación del referéndum del 1-O.
La dilación, en este caso, se produce después de que la sección 21 de la Audiencia de Barcelona haya dejado sin efecto la resolución con la que en julio había iniciado el procedimiento para aplicar la amnistía a los implicados. La Audiencia de Barcelona devuelve el caso al juzgado 13 al entender que en la misma causa deben incluirse también a una docena más de investigados, en este caso por los supuestos gastos hechos desde la administración catalana en el extranjero, en la causa conocida como de gasto exterior del ‘procés’.
La unificación de la causa se produce por la petición de las defensas y de la Fiscalía, que se oponían a la distinción, ya que aunque el expediente de Exteriores se había instruido en el juzgado 18, se había ordenado agruparlo en el 13. La Audiencia sostiene pues que la aplicación de la amnistía debe aplicarse sin distinciones. Entre los representados por las defensas, y que ahora ven satisfechas sus demandas, están altos cargos del anterior Govern como Aleix Villatoro, Amadeu Altafaj, Jaume Clotet, Albert Royo o Joaquim Nin.
En su resolución, la Audiencia de Barcelona señala: «En modo alguno hemos sido ajenos a los inconvenientes que podían suscitarse, por las particularidades procedimentales que presenta esta causa, a consecuencia de los avatares procesales ya mencionados, y fruto de la dificultad que conlleva la tramitación de una macrocausa, con afectación de casi una treintena de procesados, y a las que se añaden las propias de la fase intermedia del procedimiento ordinario». Según el auto de la Audiencia, se da la razón a los recurrentes y al Ministerio Fiscal, que defendían que las dos instrucciones son en realidad de un «procedimiento único», y por tanto «debe obtener una respuesta conjunta en cuanto a la aplicabilidad o no de la LO 1/2024», es decir, la ley de amnistía.
Por contra, la Audiencia de Barcelona se muestra en cambio disconforme con las alegaciones de los imputados «relativas a la necesidad de resolución en el plazo de dos meses». Para la Audiencia, « la excepcionalidad de la norma no implica que no deba seguirse la tramitación procesal que a la causa corresponda». Aunque no forma parte de la media docena de imputados que presentaron el recurso, en la causa por el gasto exterior de la Generalitat para el 1-O está el exconsejero de Exteriores de la Generalitat Raül Romeva, que ante el juzgado 18, y durante la fase de instrucción, alegó en su momento que varios informes de interventores avalaron las partidas que él firmó.
La causa abierta en el juzgado 18 se basa en un informe del Tribunal de Cuentas sobre la financiación de la política exterior de Cataluña entre 2011 y 2017. El citado informe recogía que hubo algunas actividades «ajenas a las finalidades» previstas que, presuntamente, tuvieron como objetivo dar a conocer el proceso soberanista y lograr apoyos internacionales. A partir de ese informe y de la denuncia del Ministerio Público, la juez aceptó investigar si el Departamento de Exteriores, por ejemplo, otorgó una «subvención directa» de 40.000 euros a la Federación de Organizaciones Catalanas Internacionalmente Reconocidas (Focir), así como otras presuntas contrataciones directas.
En paralelo, la llamada causa contra la ‘infantería’ del 1-O viene arrastrándose desde hace años, y de hecho fue en 2019 cuando el juzgado de instrucción 13 de Barcelona, que fue el primero que abrió una causa contra la organización del referéndum, concluía su investigación y acordaba llevar a juicio a 30 cargos del Govern de los 45 que estaban imputados de inicio. La causa se instruyó en paralelo a la del Tribunal Supremo que juzgó y condenó a los líderes de los hechos de 2017.
Se les imputaban delitos de malversación de caudales públicos, desobediencia, falsedad documental, revelación de secretos y prevaricación, delitos ahora cubiertos por la ley de amnistía a excepción de la malversación, tal y como resolvió el TS. Entre los investigados se encuentran el exsecretario de Difusión de la Generalitat Antoni Molons; el ex director general de patrimonio Francesc Sutrías; la interventora general, Rosa Vidal; el ex director general de Unipost Pablo Raventós; Amadeu Altafaj, exdirector de la Delegación del Gobierno de Cataluña ante la Unión Europea; Albert Royo, ex secretario general del Patronato Cataluña Mon; y, Joaquim Nin, ex secretario general del Departamento de Presidencia, entre otros. El director de televisión pública catalana, Vicent Sanchis, y el director de Cataluña Radio, Saül Gordillo Bernárdez, también fueron procesados por un delito de desobediencia. En cambio, archivó la causa en contra del arquitecto jurídico del ‘procés’, Carles Viver.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete