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Del acto de conciliación al juicio: el recorrido de la demanda civil de Juan Carlos I contra Revilla

El expresidente de Cantabria tiene que contestar en 20 días hábiles

Juan Carlos I demanda a Miguel Ángel Revilla por injurias y le pide 50.000 euros

El expresidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla Efe
Nati Villanueva

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El recorrido y desenlace de las acciones civiles que Juan Carlos I ha dejado en manos de la abogada Guadalupe Sánchez en defensa de su derecho al honor dependerán en gran medida de la voluntad de Miguel Ángel Revilla en llegar a un acuerdo con el demandante. De ahí que como paso previo a la interposición de la demanda esté previsto un acto de conciliación en aras de llegar a un acuerdo, una comparecencia cuya celebración ya ha solicitado la letrada en un juzgado ordinario de Cantabria y a la que no tienen que acudir ni el anterior jefe de Estado ni Revilla: basta con que vayan sus representantes legales.

Si la parte no comparece o no hay acuerdo, el letrado de la Administración de Justicia (LAJ) levanta lo que se conoce como acta sin avenencia, paso previo a la presentación de la demanda, en la que se solicitará lo que se considera oportuno (en ese caso, la letrada ya ha anunciado que piden la rectificación por los medios de las expresiones que Juan Carlos I considera ofensivas para su honor y una indemnización de 50.000 euros).

Revilla tendrá que contestar a esa demanda en 20 días hábiles. Transcurrido ese tiempo se citará a las partes para la audiencia previa, una nueva oportunidad para llegar a un acuerdo. Y solo si no se llega, en ese mismo acto se propone la prueba (interrogatorio de parte, testifical, documental...) y se señala el juicio, al que, ahora ya sí, deberán acudir demandante, demandado o los dos si la parte contraria ha pedido su interrogatorio y el juez lo ha aceptado.

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