El Gobierno obligará a subir más de un 6% el sueldo a los trabajadores a tiempo parcial
Trabajo impondrá multas a las empresas de hasta 10.000 euros por cada empleado
Este año se recortará ya la jornada laboral a 38,5 horas semanales y a partir del 1 de enero el máximo legal será de 37,5 horas
El borrador entregado a patronal y sindicatos no establece un periodo transitorio para la aplicación del recorte de jornada, como exigía CEOE
La Inspección controlará el recorte de la jornada laboral en tiempo real
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El Gobierno ha puesto negro sobre blanco su propuesta para la reducción del tiempo de trabajo de 40 a 37,5 horas semanales en un borrador entregado ayer a los agentes sociales en el que se establece el marco y las líneas fundamentales del anteproyecto ... de ley «para la reducción de la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo». Entre las principales novedades, el Ministerio de Trabajo establece un marco específico para los trabajadores con contratos a tiempo parcial, con especial incidencia entre mujeres y jóvenes, obligando a la empresas a elevar el sueldo de forma proporcional en los supuestos en los que el empleado se mantenga en el mismo volumen de horas una vez que entre en vigor la normativa.
Así, el borrador al que ha tenido acceso ABC indica que el empleado con jornada parcial «tendrá derecho a seguir realizando el mismo número de horas que viniese efectuando» antes de la entrada en vigor de la norma. Y en ese caso «tendrán derecho al incremento proporcional de su salario».
Por ejemplo, para un trabajador a media jornada con un sueldo de 600 euros mensuales, si decide conservar el mismo número de horas, veinte semanales, tendrá derecho a un incremento del salario de casi el 4% este año y más del 6% a partir de 2025. También podría optar, pero es voluntario, por reducir el número de horas semanales de las veinte a las 19,25 horas este año, y 18,75 el próximo. Eso sí, esto solo afectaría a los trabajadores de empresas que tienen en su convenio 40 horas semanales. Los que ya tienen las 37,5 horas que fija la nueva ley, o menos, no se verán afectados por estas medidas.
Protagonismo de la Inspección
Por su parte, tal y como había avanzado ABC, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social tendrá un papel activo en el control del cumplimiento de la reducción de jornada, toda vez que la norma lleva aparejada la obligatoriedad de implantar un sistema de registro horario efectivo, digital y de acceso telemático por parte de la Administración.
«La empresa mantendrá un registro diario de jornada, realizado por medios digitales, que garantice el cumplimiento efectivo», señala el texto incluyendo aquí sí de forma concreta que tanto «las personas trabajadoras, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán acceder al registro en el centro de trabajo y en cualquier momento de forma inmediata», además de ser accesible de forma remota.
Aquí, el Gobierno aclara que un plazo de seis meses desde la aprobación de la norma se deberá de abordar un reglamento que desarrolle el modelo de implantación y seguimiento del registro horario. Y en plazo de dieciocho meses se conformará un grupo de trabajo para la evaluación de la medida con la participación de la patronal y de lo sindicatos, en la que entre otros aspectos se observará el impacto sobre la productividad.
Fuertes sanciones
Entre el pliego de detalles, el borrador recoge la aplicación de importantes sanciones y una modificación sobre el método de cómputo, ya que se pasará a considerar la comisión de una infracción por cada persona trabajadora afectada. Estos incumplimientos aparecen en aspectos relativos a la ausencia de registro, omisión de datos o inclusión de datos falsos e inexactos.
En este punto, se establecen hasta tres niveles de infracciones graves: con multas de 1.000 a 2.000 euros en su grado mínimo; del 2.001 a 5.000 euros en su grado medio: y de 5.001 a 10.000 euros en su grado máximo.
Sin periodo transitorio
Cabe subrayar que el Gobierno obvia en este primer borrador una de las demandas que había puesto sobre la mesa la patronal CEOE como un aspecto a incluir para dar pie a un acuerdo amplio sobre la materia: el establecimiento de un periodo transitorio para la aplicación de la medida.
Nada más lejos de la realidad, el Ministerio de Trabajo impone la aplicación más radical de la reducción de jornada. Será como mucho de 38,5 horas una vez que entre en vigor la norma y hasta el 31 de diciembre de 2024. A partir del 1 de enero de 2025, la jornada máxima legal en España pasará a ser de 37,5 horas.
Precisamente, el gabinete de la vicepresidenta del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, fija el camino hacia la aplicación de la reducción de jornada en la negociación colectiva. Un punto que preocupa a la patronal, advierten las fuentes consultadas, ya que forzará la revisión de casi la totalidad de los convenios colectivos vigentes en nuestro país y obligará a renegociar muchos de ellos estando su aplicación aún vigente para ajustarse al máximo de horas permitido.
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«Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa se articularán las medidas para asegurar el cumplimiento de lo previsto respecto de la duración máxima de la jornada de trabajo y el registro de jornada», señala el anteproyecto de ley.
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