Correos se escuda en la ley de secretos empresariales para ocultar al Congreso el polémico contrato de sus aviones de mercancías
Rechaza una solicitud del PP alegando que «la divulgación de dicha información podría distorsionar las reglas de competencia y perjudicar la posición» de las compañías involucradas
ABC publicó que la empresa estatal esquivó la normativa de contratación pública para crear sin concurso público ni publicidad una 'joint venture' con una aerolínea rescatada por la SEPI, Ávoris
Correos se valió de un contrato irregular para poner en vuelo su avión de transporte de mercancías

La empresa pública Correos ha rechazado proporcionar al Congreso de los Diputados información sobre el controvertido contrato piloto suscrito con Iberojet al margen de los cauces previstos en la normativa española de contratación pública para poner en marcha un servicio de transporte aéreo de mercancías entre Madrid y Hong Kong ... , el proyecto conocido como Correos Cargo..
El operador postal público constituyó en diciembre de 2021 una 'joint venture' con la aerolínea privada, filial del Grupo Ávoris -rescatada por la SEPI con un préstamo de 320 millones de euros-, sin observar los principios de publicidad, libre concurrencia y transparencia en la adjudicación que consagra la legislación española y europea sobre contratación pública, lo que a juicio de los expertos del ámbito de la Administración y del Derecho Público consultados por ABC constituye una irregularidad. Un extremo que la compañía niega con el argumento de que se trata de un acuerdo para una operativa que nada tiene que ver con las obligaciones de servicio público que cumpla la compañía y que se incardina en su actividad como sociedad mercantil, lo que a juicio de los servicios jurídicos del operador postal público le exime de cumplir las estrictas reglas de la contratación pública.
A raíz de la información publicada por ABC sobre este controvertido contrato, el Grupo Popular solicitó hace unos días a la empresa pública información sobre el contrato en aras de clarificar su naturaleza y determinar su encaje o no a la normativa vigente en España. El operador postal propiedad del Estado ha rechazado de plano proporcionar esa información escudándose en la Ley de Secretos Empresariales, que según argumenta la compañía reconoce «la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados contra su obtención, utilización y revelación ilícitas».
Según la respuesta remitida por el operador postal propiedad del Estado al grupo parlamentario popular, a la que ha tenido acceso este diario, las condiciones del controvertido contrato, en virtud del cual Correos asumió todo el riesgo financiero de una operación empresarial que se ha saldado con unas pérdidas de 25 millones de euros en un solo ejercicio y que por el contrario garantizaba a Iberojet (Ávoris) la cobertura de todos los gastos en que hubiera incurrido durante el proceso, incluidos los gastos de adecuación de los dos aviones de pasajeros que la compañía puso a disposición de Correos Cargo para reconvertirlos en aeronaves de mercancías, deben ser consideradas como confidenciales.
"La divulgación de dicha información podría distorsionar las reglas de competencia y perjudicar la posición de ambas compañías en favor de otras empresas que operan en el sector, ya que se desarrolla en un mercado de libre competencia", argumenta Correos, sosteniendo su argumento de que se trata de un contrato puramente mercantil y que por tanto no está sujeto a las restricciones de la contratación pública.
El principio jurídico en que se basa Correos es también controvertido. Una respuesta de la Junta Consultiva de Contratación Pública a la empresa pública Cesce dejó sentado ya en 2020 que si bien podía considerarse razonable entender que los contratos suscritos por empresas públicas con terceros en el curso de su actividad puramente mercantil no debían estar sujeto a todas las restricciones de la contratación pública, ese principio no estaba reconocido en la legislación española de contratación pública y que en cualquier caso la normativa europea exige que esas eventuales contrataciones se hagan siempre respetando el principio de libre concurrencia aunque solo sea por un principio de eficiencia económica.
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