La CEOE carga contra Trabajo por multar a las empresas que se bonifican los cursos de formación
La patronal critica el cambio de criterio de la Inspección que impide ahora la bonificación de los cursos de obligado cumplimiento en las compañías
El fondo para los nuevos ERTE contará con 7.000 millones de inicio y se impedirá despedir a las empresas que se acojan
-RRAXfEWXpTFrODt8m2codnO-1200x840@abc.jpg)
Las multas y desorbitadas sanciones a las que se ven expuestos los empresarios al tratar de bonificarse los cursos de formación obligatoria ha provocado la queja airada de las principal patronal del país, CEOE, y de la organización representante de los pequeños y ... medianos empresario, Cepyme, contra el Ministerio de Trabajo por los cambios de criterio que impiden ahora de forma férrea deducir este gasto en las cotizaciones sociales.
Tal y como ha vendo publicando este medio, en exclusiva, son numerosos los empresarios que se enfrentan a la Inspección de Trabajo y a las amenazas de cuantiosas sanciones por deducir estas facturas en los seguros sociales que abonan cada mes, dentro del sistema de los cursos de formación bonificada, que es el que permite a los empleadores restar el coste de impartir estas formaciones entre sus empleados.
Cabe recordar, eso sí, que cuando el Sepe incoa estas reclamaciones a los empresarios actúa de acuerdo a la legalidad, si bien lo hace a partir de una interpretación severa de una orden ministerial que data de 2007 –replicada en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre– y que proviene de un marco de actuación (precios establecidos para las distintas formaciones y requisitos para las compañías formadoras) fijado en 2004.
Además, en los cursos concretos a los que se refieren CEOE y Cepyme, los de formación obligatoria, la Inspección se rige por un cambio de criterio tanto en cuando antes se permitían bonificar y ahora se presupone que es un gasto necesario y obligatorio, por lo que no es deducible de las cotizaciones sociales que el empresario soporta a cargo del trabajador.
Las organizaciones empresariales explican en un comunicado que la posibilidad de deducción se ha venido aplicando en España a las empresas que deben hacer este tipo de formación por mandato normativo o de convenio colectivo, pudiendo ser esta formación tanto transversal (por ejemplo, prevención de riesgos laborales) como sectorial (por ejemplo, manipulación de alimentos).
Diferencia de criterio
Los empresarios subrayan que la bonificación de la formación obligatoria para las empresas se ha venido admitiendo por el Ministerio de Trabajo, el Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe), la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) y el Tribunal Supremo desde que estas ayudas se implantaron en 2004, por entender que éstas estaban «plenamente incluidas» en el sistema de formación para el empleo y reconocidas como tales en los informes jurídicos del Ministerio y de la Fundación.
CEOE y Cepyme denuncian que el cambio de criterio para que esta formación obligatoria no sea bonificable se pretende aplicar, en algunos casos, con efecto retroactivo y con exigencia incluso de intereses y sanciones, «lo que afecta gravemente a la seguridad jurídica de las empresas, en especial de las pymes y aquellas de menor tamaño», advierten.
Las patronales califican de «sorprendente» que se haya decidido cambiar el criterio precisamente en el Año Europeo de las Competencias y cuando España ostenta la Presidencia del Consejo de la UE. Por todo ello, reclaman la adopción de medidas normativas y administrativas «urgentes» que corrijan esta situación y «restablezcan la seguridad jurídica de las empresas».
CEOE y Cepyme recuerdan en su comunicado que de los 2.556 millones de euros que se recaudaron en 2022 como cuota finalista de formación, el 85% fue aportado por las empresas y el 15% restante, por los trabajadores. Asimismo, y dado que cada vez existe más formación obligatoria por ley o por convenio, las patronales cuestionan «qué sentido tendría mantener la obligación para las empresas de pagar una cuota que cada vez les sirve para financiar menos formación».
La sentencia a favor de la Inspección
La Audiencia Nacional dictó a finales de 2002 una sentencia en la que establecía que la formación de carácter obligatorio en prevención de riesgos laborales no podía ser bonificable al considerar que no se encuentra dentro del marco regulador de la formación profesional para el empleo.
MÁS INFORMACIÓN
Así, la Audiencia entiende que sólo pueden beneficiarse del régimen de bonificaciones las acciones que puedan calificarse como formación para el empleo, criterio que también defiende la Inspección de Trabajo en contra de lo que se ha venido admitiendo por parte del Ministerio, el Sepe, la Fundae y la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete